Servicios
Nuestros servicios
Asesoramos desde el diseño de la gobernanza, marco de gestión, políticas y procedimientos para gestionar el riesgo.
Facilitamos la guía para la implementación y documentación a través de un software adaptable a su empresa.
- Identificación de riesgos.
- Análisis y valoración de riesgos.
- Seguimiento de planes de acción y mitigación.
- Documentación de controles.
- Monitoreo y reporte de los riesgos.
Diseñamos y desarrollamos políticas, manuales y procedimientos adaptados a su empresa y más.
Generamos toda la documentación requerida por disposiciones legales, regulatorias y políticas internas, relativas al cumplimiento de la Ley 7786 /8204.
- Diseño y desarrollo de políticas internas, conozca su cliente, su colaborador, su proveedor y más.
- Manuales de prevención del riesgo de LC/FT/FPADM.
- Procedimientos y guías sobre las actividades.
- Registro, reporte y consulta en tiempo real de la información.
Dejamos a su disposición el software que permite registrar sus clientes, colaboradores y proveedores.
De una forma sencilla puede registrar y evaluar sus clientes y colaboradores según el cumplimiento de la Ley 7786 /8204.
- Registro y evaluación de sus clientes y colaboradores.
- Monitoreo y señales de alerta.
- Reporte de operaciones sospechosas.
- Mantenimiento y actualización de la información.
Capacitamos a su personal en gestión de riesgos y el cumplimiento regulatorio.
Disponemos de programas específicos de capacitación, así como servicios de enlace ante la SUGEF.
- Asesoría general del cumplimiento de la ley 7786/8204.
- Capacitaciones en administración del riesgo.
- Capacitaciones sobre la Prevención del riesgo de LC/FT/FPADM.
- Mantenimiento y registro de las capacitaciones para sujetos obligados.
Ley Antilavado
Ley 7786/8204 de Antilavado
LEY PARA LA PREVENCIÓN DEL RIESGO DE LEGITIMACIÓN DE CAPITALES, FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO Y FINANCIAMIENTO DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA, APLICABLE A LOS SUJETOS OBLIGADOS POR LOS ARTÍCULOS 14, 15 Y 15 BIS.
A efectos de prevenir y combatir los riesgos estipulados en la ley 7786, todos los sujetos y empresas que desempeñen las actividades abajo mencionadas, deberán someterse a la supervisión de la SUGEF respecto a las materias incluidas en esta ley. Lo anterior implica el cumplir con una serie de obligaciones debidamente reglamentadas y con lineamientos específicos emitidos por SUGEF, y para lo cual se ha estipulado utilizar un enfoque basado en riesgos.
Comerciantes de metales y piedras preciosas
Joyerías y joyeros independientes
Organizaciones sin fines de lucro
Con transacciones de dinero procedente de jurisdicciones de riesgo
Abogados y contadores
Dedicados a compra venta de bienes inmuebles, administración de activos o valores, compra venta de estructuras jurídicas y personas jurídicas. Exceptuando a profesionales asalariados.
Proveedores de servicios fiduciarios
Incluyendo a quienes participen en la creación, registro y administración de fideicomisos.
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Tejar, El Guarco
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